ARTICULO 11 del Estatuto ALCOPAZ – CONDECORACIONES:
A.- Criterio básico: se considera particularmente el carácter internacional de esta presea, entendiéndose que su otorgamiento debe realizarse con carácter distintivo, a personas y/o instituciones, como testimonio de reconocimiento y valoración especial, por servicios prestados y/o aportes de carácter extraordinario, que hayan contribuido de manera destacada en la consecución de los objetivos y propósitos de la Asociación. La actuación relevante que origine cada postulación deberá ser comprobada con hechos fehacientes. Las condecoraciones se otorgarán por única vez al recipiente que corresponda.
B.- Propuestas: serán presentadas por los Asociados Plenos, con especificación de los motivos que lo ameritan, en un plazo de sesenta días previos a la realización de la Asamblea General que corresponda. Cada país podrá proponer como máximo un (1) candidato, por cada categoría especificada a continuación en esta sección.
C.- Procedimientos: la Secretaría ALCOPAZ, en coordinación con el Comité de Desarrollo, Consolidación y Planificación, entenderán sobre la pertinencia de las propuestas y emitirá el asesoramiento a la Presidencia ALCOPAZ para la decisión final en que se adoptará en la correspondiente Asamblea General.
D.- Personas y/o instituciones elegibles, A tales efectos se prevén:
Presidente de la Asociación, al concluir el ejercicio de su función como tal.
Secretario General de la Asociación, al relevar esta responsabilidad funcional.
Directores, Comandantes y Jefes de los Centros de Entrenamiento para Operaciones de Paz de los países Asociados Plenos, que cumplan con los siguientes requisitos: a) antigüedad / permanencia mínima de un (1) año en el ejercicio de su cargo; b) participación en todas las actividades del ciclo anual que corresponda, especialmente en la Reunión de Coordinación y Asamblea General de la Asociación.
Otras personas / instituciones, que en carácter individual o ejerciendo representatividad formal, hayan realizado alguna contribución significativa en beneficio directo a los fines de ALCOPAZ.